1ª REQUISITOS:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas que contemplan las presentes bases las personas, físicas o jurídicas, con actividad mercantil, que cumplan las siguientes condiciones:
- Que su plantilla sea inferior a las 50 personas empleadas.
- Que su volumen de negocios o su balance general anual no supere los 10 millones de euros.
- Que no se halle vinculada o participada en más de un 25% por empresas que no reúnan alguno de los requisitos anteriormente expuestos.
- La empresa deberá estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y tener actividad mercantil en el local objeto de solicitud, al menos desde el momento de solicitud de la subvención.
2ª ACTIVIDAD:
La actividad principal de la empresa deberá estar encuadrada en alguno de los siguientes grupos y/o epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:
- 671, 672 y 673:Servicios de alimentación en restaurantes, cafeterías, cafés y bares.
- 676: Servicio de alimentación en chocolaterías, heladerías y horchaterías.
3ª PLAZOS Y ACTUACIONES:
Serán subvencionables los proyectos de inversión realizados en el local objeto de subvención desde el día 22 de junio de 2018 hasta el 6 de junio de2019.
Dentro de esta línea de ayudas, podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones:
- Obras de reforma del local comercial: todas aquellas obras relacionadas con la adecuación, renovación o ampliación del local comercial. Se tendrá en cuenta a la hora de la valoración de las actuaciones subvencionables en este apartado, la documentación presentada para la solicitud de licencia de obra y/ola presentada en su liquidación final.
- Equipamiento del local comercial: inversiones en los siguientes elementos de activo fijo nuevo:
- Maquinaria directamente relacionada con la actividad principal.
- Mobiliario comercial.
- Equipos informáticos y software informático de gestión.
- Equipos de seguridad.
Se exige como requisito que estos activos permanezcan en la empresa como mínimo 2 años desde la fecha de su adquisición (fecha de factura).
Contratación de anteproyectos o proyectos técnicos de actividad/reforma del establecimiento comercial.
Los proyectos presentados deberán tener un importe mínimo de inversión subvencionable de 150 euros por m2de superficie útil destinada a la actividad subvencionable en el establecimiento.
El plazo de presentación de solicitudes iniciará el 6 de mayo de 2019 y finalizará el 6 de junio de 2019.